SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2016-S3
Fecha: 04-Oct-2016
a)
Solicita se conceda la tutela, disponiendo que: a) La ahora demandada se abstenga de promover por medios masivos de comunicación comentarios contra su persona y su padre, y por su propia cuenta elimine todas las declaraciones y/o publicaciones que hicieron o pidieron hacer por interpósita persona en todas las páginas web de internet y redes sociales, en sus respectivas bases de datos públicos y privados; y, b) La “…Autoridad de Transportes y Telecomunicaciones (ATT)…” (sic) instruya a todas las instituciones, Organizaciones No Gubernamentales (ONG), medios de prensa y de comunicación y otros tipos de tecnologías de información e internet que cuenten con páginas web, que hayan difundido la información calumniosa, sean borradas inmediatamente por violación a sus derechos constitucionales y por ocasionar daño personal y social.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda persona individual o colectiva que crea estar indebida o ilegalmente impedida de
- II. En ambos casos, tendrá legitimación pasiva la persona natural o jurídica, pública o privada, que compile datos personales en un registro, que independientemente de tener o no una finalidad comercial, esté destinado a producir informes, aunque no los circule o difunda
- Fragmento 12
- e) Derecho de exclusión de la llamada
- III.
- REVOCAR