SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1084/2016-S3

Fecha: 04-Oct-2016

i)

Patricia Celia Kucharsky Ruiz, en audiencia, señaló que: i) Actualmente se le sigue un proceso penal por la presunta comisión de los delitos de calumnia y difamación a denuncia del hoy accionante, causa que emergió de la violencia sistemática que ejerció el nombrado en su contra, desde que se embarazó de su segunda hija, inclusive intentaron forzar un aborto, llevándola a la fuerza a la Clínica Cubana, contando con informes del Servicio Legal Integral Municipal (SLIM), donde se establece esa situación de violencia psicológica y física que se extendió hasta después de su separación matrimonial, como se corrobora también de los tres certificados forenses que acreditan la lesión de su columna vertebral, así como más de sesenta pruebas. Los procesos penales sobre violencia física, psicológica y económica concluyeron con los rechazos y el sobreseimiento, por lo que es difícil admitir que ahora sea el accionante quien pida protección cuando el mismo después de sus conciertos llegaba en estado de ebriedad a ejercer violencia contra su persona, acciones contra las que no encontró protección alguna dentro del sistema judicial; ii) Cuando el accionante se enteró de la denuncia en su contra, inmediatamente dispuso movilidades y motocicletas del “Gobierno” en su casa para perseguirla, situación que denunció ante el Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción; iii) Ante la amenaza del hoy accionante de llevar a sus hijas a la República de Cuba, sí denunciaba e incluso hubo un intento de llevarse a las niñas de la Unidad Educativa San Calixto y del Jardín de Niños y acudió ante el Juez de Familia para que se arraigue a sus hijas, sin que se haya dispuesto ninguna medida de protección, negativa que la llevó a presentarse en oficinas de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos, donde realizaron un análisis jurídico a partir de la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, luego efectuó una denuncia pública, y posteriormente, concurrió a otras instituciones como el SLIM, siendo en definitiva la organización denominada Mujeres Creando la que decidió hacer pública la denuncia y publicaciones en internet; es decir, que tal aspecto escapó de sus manos; iv) Sufrió agresiones físicas que atentaron contra su vida, y al ver negados sus intentos de lograr garantías para ella y sus hijas, concurrió ante la justicia y a las instituciones ya mencionadas; en efecto, no es posible que a pesar de todas las pruebas existentes, la imputen por publicaciones que fueron realizadas por los medios de comunicación, pero no por ella; y, v) Actualmente el accionante se encuentra en la República de Cuba, razón por la cual no cumple con sus obligaciones de cancelar por la asistencia familiar.