SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1119/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1119/2016-S3

Fecha: 17-Oct-2016

1)

Ángel Ayala Ticona, Juez Público Mixto Primero de Caranavi del departamento de La Paz, mediante informe presentado el 26 de julio de 2016, cursante a fs. 10 y vta., manifestó que: 1) “El proceso de referencia…” (sic) de la hoy accionante fue tramitado en el Juzgado de Instrucción Mixto de Caranavi y se encuentra en ejecución de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, pronunciándose Sentencia el 20 de noviembre de 2002, que declaró probada la demanda, ordenando la subasta y el remate de los bienes del ejecutado, dicho fallo adquirió ejecutoria el 7 de enero de 2003; 2) Luego de varias audiencias de subasta y remate, se le adjudicó el inmueble a Alexander Tambo Sirpa -ahora codemandado- por lo que registró su derecho propietario en oficinas de Derechos Reales (DD.RR.), en razón a ello el 24 de marzo de 2005, la autoridad hoy demandada ordenó el desapoderamiento y entrega del mismo; sin embargo, desde el referido año “hasta la fecha” no ha podido desapoderar a la ahora accionante; 3) Se declaró improcedente la excepción perentoria sobreviniente de falsedad formulada por la accionante con costas y multas;    4) Se interpuso acción de amparo constitucional, con relación al mandamiento de desapoderamiento emergente de un supuesto proceso fraudulento, que fue declarado “improcedente”; 5) En el tercer cuerpo del expediente extraviado repuesto, cursan varios mandamientos de desapoderamiento no efectivizados; 6) No existe un ilegal procedimiento, ya que el mandamiento de desapoderamiento de 10 de junio de 2016, se enmarca dentro de la normativa legal; y, 7) Al no concurrir acto ilegal alguno que vulnere derechos y garantías de la accionante solicita se rechace la presente acción tutelar.