Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0291/2016-CA
Fecha: 24-Nov-2016
Tribunal de Sentencia Penal Primero de Buena Vista del departamento de Santa Cruz
En consulta la Resolución 118/16 de 24 de octubre de 2016, cursante de fs. 16 a 17; pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero de Buena Vista del departamento de Santa Cruz, por la cual rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Juan Camacho Orosco, demandando la inconstitucionalidad del art. 416 primer y segundo párrafo del Código de Procedimiento Penal (CPP) -Ley 1970 de 25 de marzo de 1999-, por ser presuntamente contrario al art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Tribunal de Sentencia Penal Primero de Buena Vista del departamento de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazar
- En el caso de no promoverse la acción, la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará a efectos de su revisión por la Comisión de Admisión
- II.3. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado.
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR