AUTO CONSTITUCIONAL 0320/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0320/2016-RCA

Fecha: 10-Nov-2016

a)

La Jueza Pública Civil y Comercial Segunda del departamento de La Paz, mediante decreto de 3 de octubre de 2016, cursante a fs. 360 y vta., determinó que previamente a la admisión de la actual acción tutelar, la parte accionante subsane los siguientes aspectos: a) Acreditar la legitimación pasiva; b) Indicar si existen terceros interesados, y de ser así, señalar sus generales de ley o en su caso el domicilio donde puedan ser notificados; c) Efectuar una correcta exposición de los hechos de forma lógica y coherente, puntualizando los actos cuestionados que dieron  lugar a  la  vulneración  de  los  derechos  y  garantías  constitucionales;  d) Identificar con precisión los derechos y/o garantías constitucionales que considera lesionados; toda vez que, la parte accionante lo hizo de manera genérica; e) Fundamentar la relación de causalidad entre los hechos y los derechos y/o garantías que considera vulnerados; y, f) Concretar su pretensión.

De la revisión del memorial presentado por los representantes de la entidad accionante el 30 de septiembre de 2016 (fs. 353 a 359 vta.), se advierte que la Jueza de garantías mediante decreto de 3 de octubre del citado año (fs. 360 y vta.), determinó que los mismos deben subsanar los siguientes aspectos: a) Acreditar la legitimación pasiva; b) Indicar si existen terceros interesados, y de ser así, señalar sus generales de ley o en su caso el domicilio donde puedan ser notificados; c) Efectuar una adecuada exposición de los hechos de forma lógica y coherente, especificando los actos cuestionados que dieron lugar a la vulneración de los derechos y garantías constitucionales; d) Identificar con precisión los derechos y/o garantías constitucionales que considera lesionados; toda vez que lo hicieron de manera genérica; e) Fundamentar la relación de causalidad entre los hechos y los derechos o garantías que consideran vulnerados; y, f) Concretar su pretensión.