AUTO CONSTITUCIONAL 0326/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0326/2016-RCA

Fecha: 14-Nov-2016

a)

La Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante providencia de 23 de febrero de 2016, cursante a fs. 57 y vta., dispuso que la accionante subsane lo siguiente: a) Acredite documentalmente si cumplió el principio de subsidiaridad e inmediatez; b) Señale si en la presente acción existen terceros interesados;       c) Aclare los términos descritos en su demanda, identificando además los actos considerados como lesivos o vulneratorios; d) Identifique de forma precisa los derechos y garantías considerados como vulnerados, explicando el nexo de causalidad existente entre los actos negativos con los derechos y garantías que piensa lesionados; e) Acompañe las pruebas que se encuentran en su poder a efecto de sustentar la presente acción, o indique el lugar donde se encuentran las mismas; y e) Explique sus peticiones de acuerdo al art. 33.8 del Código Procesal Constitucional (CPCo).