AUTO CONSTITUCIONAL 0350/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0350/2016-RCA

Fecha: 24-Nov-2016

improcedente

La citada Jueza de garantías, mediante Resolución 2/16 de 31 de octubre de 2016, cursante de fs. 313 a 314, declaró improcedente la acción de amparo constitucional, fundamentando que: 1) Los accionantes han consentido libre y expresamente la transgresión a sus derechos, porque no respondieron en forma oportuna el recurso de apelación del auto de 31 de marzo de 2015, dejando que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, se pronuncie en el fondo sin haber advertido que lo hacía fuera de plazo; 2) Dentro del proceso penal a solicitud de los ahora accionantes así como del acusador, consienten en la nulidad de obrados hasta el Auto de Apertura de Juicio conforme se evidencia del acta de audiencia de juicio suspendido; 3) Del actuado de anulación de obrados hasta el auto de apertura de juicio, se debe entender que han cesado los efectos del acto reclamado; vale decir que, quedó configurada en su totalidad la causal de improcedencia prevista en el art. 53.2 del CPCo.