Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1129/2016-S1
Fecha: 07-Nov-2016
II.3.
II.3. Por memorial de 17 de agosto de 2016, el accionante solicitó conminatoria ante la Presidenta y Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Quillacollo (fs. 13 y vta.), por lo que se llegó a conminar al Registrador de DD. RR. de Quillacollo y Colcapirhua a dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 244 del CPP (fs. 14).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. Naturaleza Jurídica de la acción de libertad
- celeridad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR