SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1131/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1131/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

1)

Jhohann Vargas Chispas y Tito Freddy Ayala Daza, Fiscales de Materia, en audiencia informaron lo siguiente: 1) Cumplidas las publicaciones de los edictos, no habiendo comparecido el impetrante de tutela, se solicitó al Juez demandado la emisión de la declaratoria de rebeldía y su correspondiente mandamiento de aprehensión; 2) El solicitante de tutela no explicó a cuál de las veinticuatro horas hizo referencia; dado que, los plazos de aprehensión son perentorios y de cumplimiento obligatorio; en ese sentido, se tiene las ocho horas para la Policía boliviana, las veinticuatro horas para el Ministerio Público y otras veinticuatro horas a cargo del juez de control jurisdiccional para que fije la audiencia de medidas cautelares o disponga la libertad del imputado; consiguientemente, adjuntan documentación que acredita que el 28 de agosto de 2016, a horas 16:45 se aprehendió al accionante; imputándolo y poniéndolo a disposición del Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, el 29 del señalado mes y año, a horas 16: 45, cumpliendo exactamente con el plazo de veinticuatro horas, sin descontar las ocho que tenía la Policía; y, 3) La referida aprehensión, fue emitida por el Juez demandado y deviene de la incomparecencia del imputado a una cita fiscal; en ese entendido, no fue dispuesta por el Ministerio Público, razón por la cual, no podrían disponerse su libertad, tomando en cuenta que cumplieron los plazos procesales; por lo que, solicitan que se deniegue la tutela impetrada.