SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde el 9 de mayo de 2016, se encuentra recluido en Recinto Penitenciario San Pedro de La Paz, como efecto de la ejecución de un mandamiento de apremio, dispuesto por la Jueza Pública de Familia Segunda del departamento de La Paz, “por una supuesta deuda de asistencia familiar” (sic), irregularmente tramitada con inobservancia de la norma y antecedentes del proceso, al no considerar que sus hijos como beneficiarios sobrepasaron la mayoría de edad, además de tener familia; aspectos que no fueron esclarecidos por la Jueza de la causa. El art. 3 inc. 1) del Código de Procedimiento Civil abrogado (CPC abrg.), establecía las facultades del juez para desarrollar el proceso sin vicios de nulidad, y el Código Procesal Civil, le otorga poderes, deberes y responsabilidades a la autoridad judicial para impulsar el proceso; aclaró que en su oportunidad señaló que los beneficiarios, no se han apersonado ni pronunciado en lo mínimo respecto a este problema y que ni siquiera tienen conocimiento de la existencia del mandamiento de apremio, ejecutado en su contra.

Añadió que al presente cuenta con setenta y un años de edad, y que en reiteradas oportunidades adjuntó el certificado médico del Recinto Penitenciario San Pedro de La Paz, de la Caja Nacional de Salud (CNS) y del Hospital Obrero, así como informes del trabajo social y psicológico, dónde evidenció el estado crítico de su salud (al contar su persona con un solo pulmón), y que su vida corre peligro en los ambientes del referido Recinto Penitenciario, siendo que en tres oportunidades tuvieron que evacuarle de emergencia al Hospital (no mencionó cual), y que todos estos extremos no fueron considerados por la autoridad judicial.