SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, ratificó el contenido de su memorial de acción de libertad presentado y ampliando manifestó que, el presente caso tiene como antecedente un proceso de divorcio instaurado en 1987 por su parte contra Angélica Grandy Mamani, en el cual el Juez de la causa en 1988 por Resolución (no mencionó cual), determinó una asistencia familiar mensual de Bs.180.- (ciento ochenta bolivianos), es así que el 2013, se realizó una liquidación de la misma comprendida desde 12 de septiembre de 1986 al 31 de octubre de 2013, en la que la Jueza de la causa dictó la Sentencia 439 (no señalo fecha) homologando la Resolución 3688 (no indico fecha), que dispone la asistencia familiar, decisión que fue impugnada y posteriormente anulada por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, posterior a ello se siguió tramitando el mandamiento de apremio para que su persona pague la suma de Bs54 294,00.- (cincuenta y cuatro mil doscientos noventa y cuatro 00/100 bolivianos) y en octubre de 2015, se volvió a dictar sentencia (no refirió cual) que fue notificada en su domicilio procesal y no real. El 7 de enero de 2016, se emitió el irregular mandamiento de apremio, toda vez que la menor de sus hijas el 2007, obtuvo la mayoría de edad, el hermano mayor ya adquirió familia y su hija Silvia también tiene familia constituida desde el 2007. Hasta la liquidación efectuada el 2013, su esposa no contaba con legitimación para tramitar la causa, tampoco la autoridad jurisdiccional pidió la aclaración a los beneficiarios ni estos dieron poder de representación para que la demandante, pueda seguir con el proceso, aspectos que dieron lugar a una irregular sustentación del mandamiento de apremio, por el actuar de mala fe de la “sra. Grandy” (sic).