SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2016-S1
Fecha: 16-Nov-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Encontrándose por más de tres años con detención preventiva y sin sentencia dentro del proceso que le sigue el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de homicidio, el 1 de abril de 2016, solicitó al Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de La Paz, la cesación de la medida cautelar extrema; empero, de forma extraña y sin mayor justificativo señalan audiencia con fechas lejanas, cuando debería realizarse máximo al quinto día, por tratarse de un asunto vinculado con el derecho a la libertad; por lo que el 10 de junio de igual año, frente a la reiteradas suspensiones de las audiencias, pidió nuevo día y hora de audiencia para considerar la petición pendiente de resolución; sin embargo, las autoridades referidas, mediante decreto de 13 de similar mes y año, fijaron la misma para el 11 de julio del referido año, con el argumento que fueron declarados en comisión a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra del 24 al 28 de junio y del 4 al 8 de julio de ese año, con motivo de realizar un juicio oral, lesionando de este modo su derecho a la libertad por el incumplimiento de los plazos procesales, vulnerando el principio de celeridad y prontitud en la justicia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- celeridad
- evitar retardaciones o dilaciones indebidas, ilegales e innecesarias que conculquen el derecho a la libertad en aquellos asuntos vinculados a éste
- ama qhilla
- ama qhilla, que establece una conducta de vida diligente que debe observar todo individuo, con mayor razón un servidor público como es el juez, del cual debe exigirse una actitud acuciosa en la administración de justicia, sobre todo cuando afecta a un vivir bien, así como a una vida armoniosa.
- III.3. Análisis del caso concreto.
- CONFIRMAR