Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2016-S1
Fecha: 16-Nov-2016
II.
II.3. El Presidente del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de La Paz, mediante decreto de 13 de junio de 2016, atendiendo la solicitud de Jorge Gustavo Saravia, presentada el 10 de junio del mismo mes y año y, tomando en cuenta que la anterior fue suspendida por inasistencia del Abogado defensor, señaló nueva audiencia para la consideración de la cesación de la detención preventiva, para horas 17:00 del día 11 de julio de igual año, justificando la misma en la recargada labor jurisdiccional y la declaratoria en comisión del 24 al 28 de junio; y, del 4 al 8 de julio del año indicado, a dos de los tres jueces que integran el Tribunal (fs. 27 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- celeridad
- evitar retardaciones o dilaciones indebidas, ilegales e innecesarias que conculquen el derecho a la libertad en aquellos asuntos vinculados a éste
- ama qhilla
- ama qhilla, que establece una conducta de vida diligente que debe observar todo individuo, con mayor razón un servidor público como es el juez, del cual debe exigirse una actitud acuciosa en la administración de justicia, sobre todo cuando afecta a un vivir bien, así como a una vida armoniosa.
- III.3. Análisis del caso concreto.
- CONFIRMAR