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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2016-S2

    Fecha: 07-Nov-2016

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Configuración de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  La fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
    • la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas. En sentido contrario, cuando la resolución aún siendo extensa no traduce las razones o motivos por los cuales se toma una decisión, dichas normas se tendrán por vulneradas
    • III.3.    El principio de congruencia
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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