SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1187/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1187/2016-S1

Fecha: 17-Nov-2016

1)

Mario Martínez Cazón, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza del departamento de Potosí, presentó informe escrito cursante de fs. 52 a 56 vta., señalando que: 1) El anterior plano del inmueble de los demandantes, aprobado el 5 de diciembre de 2013, presenta severas observaciones de orden técnico, habiendo omitido el cumplimiento del art. 85 de la “Ley 2028 de Municipalidades” (sic); 2) Al presente no se revalidó el referido plano, porque no se tienen por superadas las observaciones técnicas expuestas, referidas a una superposición con propiedad municipal respecto del rio Tupiza, existen denuncias de terceras personas que acreditan derecho propietario sobre los mismos terrenos (nota de 12 de abril de 2016); y, 3) Henry Durán Toconás, Responsable de Catastro Urbano a.i. del referido Municipio, presentó el Informe Técnico LHDT/RCU/N° 097/2016 de 19 de agosto, en cuya conclusión y en base a los criterios técnicos ahí expuestos, rechaza la aprobación de la validación del loteamiento “Las Vegas”; por lo que, solicitó se deniegue la tutela en razón a que la demora en la emisión del informe se debe a los procesos internos de verificación in situ.