SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1198/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1198/2016-S3

Fecha: 03-Nov-2016

1)

Epifanio Díaz Heredia por medio de su abogado en audiencia, manifestó que:           1) En ningún momento se lesionó derecho alguno del ahora accionante, puesto que el 2015 se le otorgó un preaviso para que el mismo desocupe el bien inmueble ya que no estaba de acuerdo con el pago de los alquileres; 2) Se le esperó seis meses; sin embargo, lo único que hizo el nombrado fue agredirlo físicamente; y, 3) El accionante tiene sus propias llaves de ingreso al taller, no siendo cierto que se haya vulnerado su derecho al trabajo, pues continua realizando sus funciones como electricista, situación que se ve reflejada en el aviso “…diciendo que van a trabajar a 80 metros donde trabajan…” (sic).