SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1198/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1198/2016-S3

Fecha: 03-Nov-2016

III.2. Análisis del caso concreto

En la problemática expuesta, el accionante sostiene que producto de la sorpresiva noticia mediante la cual le comunicaron que debía desalojar el taller donde trabajaba, se produjeron una serie de altercados, que dieron lugar a que el hoy demandado procediera a desalojarlo, cortando el camino de ingreso a su taller y cambiando el candado de la puerta al mismo, aspectos que no fueron solucionados en la vía conciliatoria policial, razón por la cual acude a esta jurisdicción, alegando la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales.

Tras efectuar un análisis de los antecedentes que cursan en obrados, se observa que el hoy accionante a momento de interponer la presente acción tutelar, no acreditó suficientes elementos objetivos, que evidencien que existió medidas de hecho, consistentes en el desalojo del referido taller, la obstrucción de ingreso al mismo, además del cambio de chapas y candados, entre otros; en ese entendido, la documentación adjuntada al expediente no resulta ser bastante para que esta jurisdicción pueda determinar la existencia o no de la denuncia referida a la violación de derechos y garantías alegadas por el nombrado, y consiguientemente se pueda conceder la tutela solicitada, tal cual se tiene señalado en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.