Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1216/2016-S2
Fecha: 22-Nov-2016
II.10.
II.10.El 12 de septiembre de 2016, César Portocarrero Cuevas, Cesar Daniel Yampara Laura y Enrique Manuel Cadena Pinto, Jueces Técnicos del Tribunal Sexto de Sentencia Penal, en aplicación de los arts. 234. 4, 235.5 y 235 ter. 4) del CPP, ordenaron la detención preventiva de la accionante, por concurrir la existencia de suficientes elementos de convicción para sostener que es con probabilidad autora del hecho punible (fs. 57 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. El recurso de apelación de medidas cautelares, por su configuración constituye un medio de impugnación idóneo y eficaz
- III.3.
- CONFIRMAR