SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1348/2016-S3
Fecha: 30-Nov-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 26 de septiembre de 2016, fue aprehendido aproximadamente a horas 13:10 en instalaciones del Banco Unión Sociedad Anónima (S.A.) agencia Miraflores a denuncia de Luis Adolfo Germán Salinas Valenzuela, Jefe de Tesorería de Amazonas a raíz de haberse verificado la falsedad de una boleta de depósito por Bs50 000.- (cincuenta mil bolivianos), por lo que fue conducido a oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), ello del informe policial realizado en la acción directa por Jhonny Mayta Loza, funcionario policial.
Posteriormente, a horas 15:30, fue trasladado a celdas de la FELCC donde guardó su detención, luego el 27 de septiembre de 2016, realizó su declaración informativa de 8:00 a 8:30 horas, después de varias horas a las 16:00 fue llevado a celdas judiciales en calidad de aprehendido, a las 16:30 de igual fecha fue notificado con la Resolución de imputación formal emitida por el Fiscal de Materia -hoy demandado-, y que hasta ese momento transcurrieron veintisiete horas de su aprehensión sin haber sido puesto ante un Juez cautelar, permaneciendo aprehendido desde el de 26 de septiembre de 2016 a horas 13:30 hasta el 28 de igual mes y año; es decir, por más de “30 horas”.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 3
- denegó
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 7
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal; es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR