SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1356/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1356/2016-S3

Fecha: 30-Nov-2016

concedió

El Juez de Ejecución Penal Primero del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 484/2016 de “3” de octubre, cursante de fs. 32 a 34, concedió la tutela, disponiendo “…que las piezas pertinentes de la apelación planteada en contra de la Resolución N° 97/2016 de 26 de septiembre de 2016 sean remitidas el primer día hábil de la próxima semana y tomándose en cuenta lo dispuesto por el Presidente del Tribunal de Sentencia de Achacachi y lo previsto en el Art. 251 de la norma adjetiva penal, la parte interesada deberá correr con los gastos de la saca de fotocopias para la remisión inmediata de los actuados ante el tribunal superior en grado” (sic), en base a los siguientes fundamentos: i) La parte accionante demostró objetivamente que “hasta la fecha” de la presente Resolución no fueron remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia las piezas pertinentes de la apelación incidental interpuesta contra la Resolución 097/2016 de 26 de septiembre, para que ese alto tribunal conozca los fundamentos de la apelación plateada; ii) La parte demandada manifestó que el accionante no cumplió con los recaudos necesarios para que se pueda remitir el cuaderno de apelación ante la Sala Penal de Turno del Tribunal Departamental, en este sentido, se mencionó la SC 0146/2016 relativa a un amparo constitucional en la que se planteó una apelación incidental de medida cautelar; sin embargo, la parte apelante no habría provisto los recaudos necesarios y el Juez de la causa determinó la ejecutoria de dicha resolución, situación por la que se concedió la tutela de amparo constitucional; empero, esta Sentencia Constitucional no es análoga al presente caso; y, iii) Se ha infringido el principio de celeridad, provocando dilación en el proceso penal, con la aclaración que es evidente que los órganos jurisdiccionales de La Paz no cuentan con los medios necesarios para las fotocopias, medios de transporte para que se pueda agilizar las notificaciones y remitir los cuadernos procesales.