Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0302/2016-CA
Fecha: 13-Dic-2016
II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad del art. 39 de la Ley Para el Juzgamiento de la Presidenta o Presidente y/o de la Vicepresidenta o Vicepresidente, de Altas Autoridades del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura, Tribunal Constitucional Plurinacional y del Ministerio Público -Ley 044 de 8 de octubre de 2010-, modificada por el art. 2 de la Ley 612 de 3 de diciembre de 2014, por ser presuntamente contraria a los arts. 116.I, 117.I, 410.II de la CPE; y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Tribunal de Sentencia de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR