Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0310/2016-CA
Fecha: 16-Dic-2016
a)
Solicitan se admita la presente demanda, disponiendo lo siguiente: a) Se deje sin efecto el Auto de 16 de noviembre de 2016, que rechazó la declinatoria de competencia; b) Se declare competente a la JIOC para resolver el caso conforme a sus normas y procedimientos propios, usos y costumbres; y, c) Se comunique al Juez Agroambiental del departamento de Pando se aparte del conocimiento del proceso de reivindicación de propiedad, por no ser competente y se remita el caso a la jurisdicción indígena originario campesina para su resolución, puesto que la misma ya conoció y resolvió el mencionado caso.
- I.1. Argumentos jurídicos del conflicto
- a)
- Fragmento 3
- Indígena Originaria Campesina, la Jurisdicción Ordinaria
- a partir de la petición de la autoridad demandante, ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR