AUTO CONSTITUCIONAL 0371/2016-RCA
Fecha: 15-Dic-2016
II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión
“1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata”.
Considera como lesionados sus derechos lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos, fundamentación y motivación, a una justicia pronta y oportuna, a la defensa, a vivir bien, al bienestar y al progreso individual y familiar, a la petición y primacía constitucional, a la propiedad, a la “seguridad jurídica” citando al efecto los arts. 4, 8, 9.1.2 y 4, 13, 24, 56, 108, 109, 115, 119, 128, 178, 180 y 410 de la CPE.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- SENTENCIA CONSTITUCIONAL
- a)
- improcedencia “in limine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- por no presentada
- II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión