SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1336/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1336/2016-S1

Fecha: 15-Dic-2016

II.4.

II.4.    Por Auto Supremo 482/2016-RA de 27 de junio, por el que la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justica, declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos por Marco Antonio Vaca Zelaya y Edwin Manu Ramírez; con el argumento que la “SPC 842/2012-R de 20 de agosto”, (debió decir                      SCP 0842/2012), de conformidad al art. 416 del CPP, no está considerada como precedente contradictorio, si bien al inicio invocaron como precedente contradictorio el Auto Supremo 210, no señalaron en términos claros y precisos la contradicción existente con el Auto de Vista impugnado; para interponer el recurso de casación, es preciso observar los requisitos previstos en los arts. 416 y 417 del CPP, su incumplimiento determina la inadmisibilidad del recurso, que los recurrentes inobservaron tales requisitos y denunciaron defectos absolutos; sin embargo de ello, no explicaron de manera clara y precisa la vulneración de sus derechos, o garantías constitucionales, el resultado dañoso y la relevancia de la supuesta omisión, impidiendo que el Tribunal Supremo de Justicia pueda admitir excepcionalmente los recursos de casación vía requisitos de flexibilización, lo que determinó su inadmisibilidad por incumplimiento de los requisitos previstos para ese fin, que el recurso de casación ataca especialmente la Sentencia 51/2015, pese a que éste se encuentra diseñado por el legislador para impugnar Autos de Vista (fs. 25 a 27).