SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1361/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1361/2016-S1

Fecha: 15-Dic-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de peculado y conducta antieconómica, el Juez de Instrucción Penal Tercero, en suplencia legal del Juez Anticorrupción y Violencia contra la Mujer Primero ambos del departamento de Santa Cruz, declaró su rebeldía y dispuso mandamiento de aprehensión; toda vez que, no pudo hacerse presente en la audiencia el 11 de octubre a horas 8:30; ya que, en la misma fecha y hora tenía que prestar su declaración informativa policial ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) dentro del caso FELCC-544/16, –que no se llevó a cabo a pesar de encontrarse en dichas instalaciones a la hora señalada, porque el titular asignado al caso no estaría trabajando; al haberse suscitado lo mencionado, se realizó el acta de comparecencia–; posteriormente, a través de memorial de 11 de octubre de 2016, justificó su inasistencia a la indicada audiencia; sin embargo, por decreto de 12 de igual mes y año, el Juez ahora demandado resolvió tenerlo como apersonado, imponiéndole una multa de purga de rebeldía de Bs700.- (setecientos bolivianos), misma que debería ser cumplida mediante depósito judicial, dejando latente la declaración de rebeldía y las medidas de carácter personal determinadas en su contra, ante tal situación el 13 del mismo mes y año, interpuso recurso de reposición, porque la autoridad demandada solo estableció una multa sin revocar la rebeldía y las medidas impuestas, como prescribe el art. 91 del Código de Procedimiento Penal (CPP).