SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1378/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1378/2016-S3

Fecha: 02-Dic-2016

III.2. Análisis del caso concreto

La accionante señala como lesionados sus derechos de petición, al debido proceso y al trabajo, toda vez que siendo asociada de la Cooperativa Integral de Servicios “Cochabamba” Ltda., debía proveer 300 litros de leche por día a la planta de procesamiento de ILVA, y por ese concepto percibía quincenalmente la suma de Bs11 161,64.-, pero por problemas que tenía su esposo con otros socios de la Cooperativa, recibió como sanción la suspensión en la entrega de leche a la planta de procesamiento referida por el término de diez días, siendo una medida ilegal y arbitraria, más cuando su persona no intervino en dichos sucesos, además que no tuvo oportunidad de defenderse al no ser objeto de un proceso. Ante esa situación, presentó dos notas de reclamo a los hoy demandados, para evitar que la medida adoptada le cause más perjuicio; empero, no obtuvo respuesta alguna.

         De la compulsa de los antecedentes remitidos a este Tribunal, se evidencia que por nota CIS 115/2016 de 24 de agosto, la directiva del Consejo de Administración de la Cooperativa Integral de Servicios “Cochabamba” Ltda. comunicó a la ahora accionante la suspensión del acopio de leche por el lapso de diez días a partir del 26 de agosto al 5 de septiembre del 2016, debido a que su esposo fue protagonista de riñas y peleas con otros socios. Ante esta situación, la nombrada presentó dos memoriales el 27 y 30 de agosto de igual año, dirigidos al Presidente y Directorio del Consejo de Administración de la citada Cooperativa, pidiendo se deje sin efecto dicha determinación, alegando que la sanción aplicada es arbitraria, ilegal y perjudicial.