Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1488/2016-S3
Fecha: 16-Dic-2016
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
María Patricia Arce Guzmán, Alcaldesa y Norman Cark Taylor Heredia, Director de Urbanismo, ambos del Gobierno Autónomo Municipal de Vinto, mediante informe escrito de 10 de octubre de 2016, cursante de fs. 71 a 74 vta., señalaron que los informes y respuestas a las solicitudes, se encuentran en Secretaría de la referida entidad, pues los accionantes no se apersonaron para recogerlos y formularon directamente la presente acción, sumado al hecho de no haber agotado la vía administrativa, teniendo expeditas las vías llamadas por ley como ser los recursos de revocatoria y jerárquico.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- La respuesta no se pone en conocimiento del peticionario
- a)
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR