AUTO CONSTITUCIONAL 0022/2016-RCA
Fecha: 05-Feb-2016
I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
Por memorial presentado el 4 de enero de 2016, cursante de fs. 78 a 83 vta., la accionante manifestó que, interpuso la presente acción de amparo constitucional por vías o medidas de hecho, para proteger y garantizar su derecho propietario, por actos de avasallamiento contra su propiedad privada, perpetrados por la familia Manríquez y otros, ubicado en la región de “…LLAU LLAU-ALTO CALACOTO (ANTES OVEJUYO) DE LA ZONA SUR DE ESTA CIUDAD…” (sic), que cuenta con una superficie de 2000 m2, Testimonio de propiedad 69/2015 de 4 de febrero e inscrito definitivamente en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula 2.01.1.01.0023508.
Señaló que, el 22 de enero de 2015, los ahora demandados, sin tener ningún derecho legal que los ampare irrumpieron violentamente en su propiedad, ejerciendo medidas de hecho y de manera agresiva la despojaron de su bien inmueble y desde ese día le impiden el ingreso, privándole del derecho de usar y gozar y disponer del mismo, donde además permanecen en él arbitrariamente hasta el día de hoy, sin título legal que los respalde.
Indicó que, ante estos hechos, el citado día, planteó proceso penal por los delitos de avasallamiento, robo agravado y asociación delictuosa, seguido contra los avasalladores, mismo que sigue en proceso sin que pueda recobrar su derecho fundamental a la propiedad privada, sin ser éste el mecanismo legal efectivo para que se le restituya su derecho.
Actualmente los hoy demandados están realizando movimientos de tierra, destrozos de muro, derribamiento de árboles de pino, que le causan irreparable daño y perjuicio, y que hasta la fecha permanecen sin permitirle el ingreso; además, que no cuentan con respaldo legal alguno y la acción penal instaurada contra éstos no sirvió de nada, pese al tiempo transcurrido para restaurar su derecho; por lo que, corresponde a la justicia constitucional brindarle la protección solicitada.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente
- las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad
- II.4.