Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2016-RCA
Fecha: 16-Feb-2016
I.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela legal para el restablecimiento de todos sus derechos fundamentales y los de carácter convencional invocados, en consecuencia se deje sin efecto la RA 437/2015 de 4 de noviembre cursante de fs. 721 a 722, disponiendo que la Sala Disciplinaria Segunda del Consejo de la Magistratura, emita una nueva resolución garantizando el debido proceso, la tutela judicial efectiva en sus vertientes invocadas, sometiendo el art. 15 del Reglamento de Procesos Disciplinarios para la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental, a un control de "legalidad, constitucionalidad, y convencionalidad” (sic).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedente
- I.5. Síntesis de la impugnación
- contra actos
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir
- ARTÍCULO 24 del CPCo (REQUISITOS).
- art. 33 del CPCo
- CONFIRMAR