AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2016-CA

Fecha: 29-Feb-2016

rechazó

El Tribunal Onceavo de Sentencia Penal del departamento de La Paz, por Resolución 12/2016 de 1 de febrero, cursante de fs. 30 a 31 vta., rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, con los siguientes fundamentos: 1) El accionante no cumplió con la explicación y fundamentación que requiere esta acción; siendo que, observa de inconstitucional una norma general que regula las excusas y recusaciones; cuando este instituto procesal está previsto en la normativa especial contenida en el Código Procesal Penal; tampoco, argumentó la necesidad de esclarecer la constitucionalidad o no de la norma a ser aplicada en la resolución del caso; es decir, omitió explicar con claridad los motivos del porqué lo dispuesto en el precepto cuestionado es contrario a la Ley Fundamental, tomando en cuenta que los derechos al juez natural, la tutela judicial efectiva y el principio a la celeridad en la tramitación de las causas está garantizada; y, 2) No logró generar duda razonable sobre la inconstitucionalidad del artículo cuestionado, correspondiendo la aplicación del art. 80.IV del Código Procesal Constitucional (CPCo).