Los suscritos Magistrados, manifiestan su disidencia con la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0006/2016 de 11 de febrero, correlativa a las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0132/2015 de 8 de julio y 0006/2014 de 12 de febre
Fecha: 11-Feb-2016
I. ANTECEDENTES
El proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) de la entidad territorial autónoma (ETA) municipal de Sicaya, fue sometida a control previo de constitucionalidad en distintas oportunidades y resuelto por las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0132/2015 y 0006/2014, sobre cuyos fallos constitucionales los suscritos Magistrados manifestamos en su momento nuestra disidencia; en razón a que los mismos, entre otros aspectos, declaraban la compatibilidad de preceptos que consideramos inconstitucionales y por otra parte declaraban la incompatibilidad de preceptos que a nuestro entender gozaban de compatibilidad con la Constitución Política del Estado; en este sentido, nos ratificamos en los fundamentos de nuestros Votos Disidentes a las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales mencionadas, en todas sus partes.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES
- Fragmento 3
- Análisis
- Artículo 70.- TRANSPORTE
- se advierte incompatibilidad constitucional de los parágrafos III, IV, V, VI, VII, VIII, IX del art. 96 de la LMAD, no por el contenido mismo del precepto, sino por el vicio del órgano emisor de la legislación, que contraría los artículos 297.I.2, 300.I.7, 300.I.8, 300.I.9, 300.I.10, 302.I.7, art. 302.I.18 de la CPE