SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2016-S1

Fecha: 01-Feb-2016

concedió

La Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa,                             Social–Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 18/2015 de 9 de octubre, cursante de fs. 34 a 37 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que: 1) El Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, restituya al accionante a su fuente laboral, en el mismo cargo y con percepción salarial que tenía antes de su despido; y, 2) La cancelación inmediata de los sueldos devengados desde el momento de su despido hasta su reincorporación y los beneficios que le correspondieren; bajo los siguientes fundamentos: i) No concurre la subsidiariedad, siendo el art. 10 del DS 28699 de 1 de mayo de 2006, modificado por DS 495 de 1 de mayo de 2010, claro al establecer la inmediatez de la protección a través de la acción de amparo constitucional, una vez emitida la conminatoria; asimismo se exceptúa la subsidiariedad cuando no haya otro medio legal para la protección inmediata de los derechos, conforme a lo señalado por el Código Procesal Constitucional y la jurisprudencia contenida en las        SCP 0228/2014-S3 de 8 de diciembre y 0177/2012 de 14 de mayo; y, ii) De los antecedentes es evidente que concurren los presupuestos señalados por el                 DS 28699 para la activación de la vía constitucional, referidos a despido injustificado, habiendo acudido el accionante ante la instancia laboral administrativa que dispuso su inmediata reincorporación; asimismo no se evidencia proceso interno alguno en contra del impetrante de tutela ni se presentó por la entidad empleadora prueba que justifique la desvinculación laboral, existiendo por consiguiente, vulneración de derechos y garantías constitucionales expuestos en la demanda.