SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2016-S1
Fecha: 01-Feb-2016
concedió
El Juez Tercero de Partido y de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 033/2015 de 23 de septiembre, cursante de fs. 69 a 70, concedió la tutela solicitada, disponiendo la reincorporación inmediata de la accionante a su fuente laboral, en el mismo puesto que ocupaba, más pago de salarios devengados y demás derechos sociales; al considerar que: 1) La relación laboral de la accionante con AASANA, comenzó el 19 de marzo de 2013, hasta el 31 de octubre de 2014, periodo durante el cual la mencionada estuvo sujeta a cambios de funciones, ítem y nivel salarial; 2) Para la desvinculación laboral de la accionante, no se observó el procedimiento interno previsto en su Reglamento Interno, al menos la parte demandada no acreditó aquello; 3) Ante el argumento de la parte demandada que la accionante hubiera infringido la Constitución Política del Estado, al haber acudido directamente a la vía administrativa, no es evidente, ya que la accionante no estaba ni está obligada a acudir previamente a la vía judicial, conforme a la normativa y jurisprudencia vigente; 4) Las conminatorias son obligatorias en su cumplimiento a partir de su notificación y esta solo puede ser impugnada por la vía judicial, y su interposición no implica la suspensión de su ejecución; y, 5) Con relación a los actos de discriminación, no se emite determinación por no haberse respaldado los mismos con prueba alguna. En via de complementación, se indicó que la restitución sea al nivel 16 de la planilla presupuestaria.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 11
- III.4. Sobre el principio de inmediatez
- Fragmento 13
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15