Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2016-S1
Fecha: 01-Feb-2016
II.4.
II.4. El 24 de junio de 2015, el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, dejó sin efecto el decreto de 18 de junio de 2015, de remisión de antecedentes al tribunal o juzgado de sentencia respectivo, ya que la acusación asumió el ilícito de estafa agravada; sin embargo, se sustentó en los arts. 345 y 346 del CP, existiendo contradicción entre el tipo penal y los artículos en los cuales funda su acusación, dando el plazo de cuarenta y ocho horas a la autoridad fiscal demandada para que realice las aclaraciones correspondientes. Notificándose con el mencionado decreto a la autoridad mencionada el 10 de julio de citado año (fs. 39 a 40).