SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2016-S1

Fecha: 01-Feb-2016

II.7.

II.7.  El 2 de octubre de 2015, Franklin Siñani Velasco, Presidente del Tribunal Décimo Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, decretó que previamente a la radicatoria de la causa, el Ministerio Público debería cumplir con los arts. 98 in fine y 341.1 y 4 del CPP, debiendo adjuntar la declaración informativa del acusado, croquis domiciliario del mencionado, de las víctimas y aclarar los preceptos jurídicos aplicables por no ser coherente con el delito de estafa agravada, bajo alternativa de oficiarse a la Fiscalía Departamental de La Paz, notificándose con la misma a la autoridad fiscal demandada el 13 de igual mes y año (fs. 43 vta. y 45).