SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2016-S2

Fecha: 29-Feb-2016

1)

En similar sentido, Susana Boyan Téllez, Fiscal de Materia, presente en audiencia, manifestó que: 1) Mediante Instructivo 47/2015 de 27 de octubre, recibió instrucción para conformar el caso denominado Cooperativa Cruz del Sur, la misma que además se encontraba compuesta por otros dos fiscales, autoridades contra las cuales, Luís Adolfo Quispe Kea, no presentó demanda; 2) El nombrado accionante, incurrió en una serie de actos dilatorios, por cuanto a fin de evadir el cumplimiento de la medida cautelar de detención preventiva que le impuso el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal, opuso una serie de pretextos para que no sea conducido al Penal de San Pedro, no obstante que fue dado de alta médica, como el hecho de acudir a la acción de libertad, sin previamente dirigirse a la mencionada autoridad jurisdiccional; 3) En el caso concreto, no es aplicable la jurisprudencia constitucional citada por Luís Adolfo Quispe Kea, referido a la falta de exigencia del principio de subsidiariedad en la acción de libertad, cuando la vida de una persona se halle en peligro, ya que según documentación presentada por el Hospital Arco Iris, el nombrado accionante, luego de su intervención quirúrgica se hallaba en buen estado de salud; y, 4) El requerimiento solicitado por el imputado para su valoración médica forense, data del 13 de noviembre de 2015, y la orden emitida por la Fiscal demandada, es del 16 del igual mes y año, por lo que considerando que el 14 y 15 del mismo mes y año citados, fueron días inhábiles, dicha autoridad se pronunció dentro del plazo de las veinticuatro horas, por lo que no lesionó derecho alguno.