Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2016-S3
Fecha: 12-Feb-2016
denegó
La Jueza Cuarta de Partido y de Sentencia Penal Mixta de Sacaba del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, por Resolución de 1 de octubre de 2015, cursante de fs. 119 a 121, denegó la tutela solicitada, con el fundamento que, el accionante no agotó la vía ordinaria, ya que presentó apelación contra el Auto de rechazo del incidente de nulidad de obrados minutos antes del mismo día en que interpuso la presente acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- a)
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10