SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2016-S1

Fecha: 29-Feb-2016

a)

La Resolución del recuro jerárquico aplicó incorrectamente el principio de la carga de la prueba, afectó el principio de presunción de inocencia, al convalidar la omisión de la autoridad tributaria por no haber valorado la prueba de descargo, no expuso las razones jurídicas que justifiquen su determinación de desestimar las denuncias sobre errores omisiones, acciones y determinaciones ilegales cometidas por la citada autoridad, hechos que constituyen vulneraciones al: a) Debido proceso porque omitió revisar y pronunciarse sobre las irregularidades denunciadas a lo largo del proceso de fiscalización; b) Derecho a la defensa porque a pesar de conocer las graves irregularidades del proceso de verificación, y que los errores materiales que contienen la Resolución Determinativa 17-00239-13, que le causan perjuicio, “decidió justificar cada una de ellas” (sic) o no pronunciarse al respecto, permitiendo que sea sancionado sobre determinaciones que contienen datos inexactos y errores insubsanables que vician de nulidad el proceso, sin darles la posibilidad de asumir defensa en igualdad de condiciones frente a la Administración Tributaria; c) Violación del derecho a la igualdad procesal de las partes porque a lo largo del proceso le colocaron en evidente situación de desventaja frente a la autoridad tributaria, al no otorgarle posibilidades reales para ejercer su derecho a la defensa; d) A la aplicación objetiva del ordenamiento jurídico porque no aplicó los arts. 81 y 211.III del CTB y no observar la mala valoración de la prueba de descargo; e) Violación al derecho de motivación de las decisiones por la carencia de suficiente y razonable fundamentación jurídica que justifique su determinación final, es decir, por no cumplir con su obligación de motivar y justificar su decisión; y, f) No le requirieron mayor documentación que demuestre de donde provenían los ingresos base del adeudo tributario, contradicción entre los fallos emitidos por la autoridad demandada, porque no cumplió con su obligación de emitir criterios uniformes con relación a temas que tienen las mismas características de objeto y causa.

Considera que la Vista de Cargo y la Resolución Determinativa deben anularse porque al depurar las notas fiscales no explicaron las razones por las que no eran válidas y poder asumir su defensa, limitándose a señalar que existen facturas no respaldadas con el original y otras que no están relacionadas a la actividad que desarrolla, por lo que, constituyen actos administrativos que deben ser nulos de pleno derecho.