AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2016-CA
Fecha: 03-Mar-2016
I.2. Petitorio
Solicitan :“… tener por promovido el conflicto de competencias jurisdiccionales y, en sentencia constitucional se declare incompetente a la jurisdicción ordinaria o concretamente al Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, para conocer el proceso penal anteriormente señalado; asimismo, se declare competente a las autoridades indígena originaria campesinas de la comunidad “Hamapaturi”, para conocer y resolver el conflicto que derivó en una denuncia penal, conforme a nuestros principio, saberes ancestrales, normas y procedimientos propios, todo en virtud a los argumentos expuestos en el memorial principal y fundamentalmente por concurrir los elementos de vigencia personal, material y territorial” (sic).
- I.1. Contenido de la solicitud
- I.2. Petitorio
- I.3. Trámite procesal
- será planteada
- Fragmento 5
- que reclame una competencia a la otra jurisdicción, solicitará que ésta última se aparte de su conocimiento.
- el plazo de los siete días subsiguientes
- II.3. Análisis del caso concreto
- 1° ADMITIR
- 2° Notifíquese