Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0049/2016-RCA
Fecha: 02-Mar-2016
I.3. Petitorio
Solicitó se le conceda la tutela invocada, dejando sin efecto; a) La Sentencia 178/2013 de 25 de octubre, pronunciada por el Juez Cuarto de Partido Civil y Comercial de El Alto de La Paz; b) El Auto de Vista 330/2014 de 7 de octubre, dictado por los Vocales de la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, c) El Auto Supremo 408/2015 de 9 de junio, resuelto por la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia; disponiendo se dicten nuevos fallos debidamente fundamentados, declarando improbada la demanda “de mejor derecho de propiedad” incoada por el demandante.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- por no presentada
- por
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1.Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto