AUTO CONSTITUCIONAL 0052/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0052/2016-CA

Fecha: 18-Mar-2016

II.3.  Análisis del caso concreto

En el caso de análisis el accionante demanda la inconstitucionalidad del    art. 234.6 del CPP modificado por la Ley 007 de 18 de mayo de 2010 -Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal-, por ser presuntamente contraria a los arts. 115.II, 116.I, 117.II y 119.I y II de la CPE; 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.2 y 15.1 y 2 del PIDCP.

Se advierte que, si bien la acción de inconstitucionalidad concreta, fue planteada dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de abuso deshonesto contra el ahora accionante, cumpliendo con la previsión contenida en el art. 73.2 del CPCo y elevada en revisión por la autoridad legitimada como así lo dispone el  art. 79 de la norma antes citada; sin embargo, no cumplió con los requisitos establecidos por el art. 24.I.4 del mismo Código, siendo que no se realizó una adecuada fundamentación jurídico constitucional que sustente la activación de esta acción; pues no se expusieron las razones o motivos por los cuales se considera que el precepto cuestionado es contrario a la Ley Fundamental y a las normas del bloque de constitucionalidad invocadas sin generar ninguna duda razonable al respecto. Por otra parte, tampoco se hace referencia a la relevancia que tendrá el artículo legal cuestionado en la decisión que se adoptará en el proceso penal antes referido, dado que solamente se limitó a la transcripción de artículos de la Constitución Política del Estado y líneas jurisprudenciales, sin precisar cómo es contrario a las normas aludidas sin lograr establecer un vínculo claro y preciso que permita efectuar un control normativo al respecto.