Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2016-RCA
Fecha: 09-Mar-2016
Fragmento 3
Recién el 30 de junio de 2015, se pudo realizar la audiencia de medidas cautelares en el Juzgado Tercero de Partido de Sentencia de El Alto, dictándose Resolución 172/2015, la misma que fue apelada por su persona, habiendo sido resuelto dicho recurso en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través del Auto de Vista 154/2015 de 14 de agosto, mediante el cual se dispusieron las medidas sustitutivas a la detención preventiva como la detención domiciliaria, arraigo personal y la presentación de dos garantes solventes que puedan afianzar la suma de Bs20 000.- (veinte mil bolivianos).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos motivan la acción
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- improcedente
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- II.3. Sobre las causales de improcedencia establecidas en la acción de amparo constitucional
- II.4. Análisis del caso concreto