Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2016-RCA
Fecha: 22-Mar-2016
a)
Solicitaron se les conceda la tutela y se disponga: a) La autorización de su parte al desalojo de los arcos de futbol de su inmueble, la reposición de los muros perimetrales, con el uso permanente de la fuerza pública en caso necesario; b) Imposición de costas, daños y perjuicios contra los demandados; c) El cumplimiento de los arts. 39 y 57 del Código Procesal Constitucional (CPCo), más la remisión de antecedentes al Ministerio Público; y, d) El cese de los actos de violencia que vulneran su derecho a la propiedad, bajo conminatoria dispuesta del art. 179 BIS del Código Penal (CP).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- improcedencia “in limine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente
- las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad
- II.4.
- Fragmento 12