AUTO CONSTITUCIONAL 0081/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0081/2016-RCA

Fecha: 31-Mar-2016

Fragmento 4

         El art. 128 de la Constitución Política del Estado (CPE), determina que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.