Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0082/2016-RCA
Fecha: 31-Mar-2016
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional; en atención a lo dispuesto por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 98/2016 de 3 de marzo de 2016, cursante de fs. 118 a 119, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazó
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- ello no significa que el agraviado tenga que esperar hasta el último momento para hacer peticionar la respectiva tutela, cuando fácilmente puede hacerlo en el primer momento de suscitado o producido el hecho conculcador de sus derechos
- Fragmento 8
- CONFIRMAR