SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0192/2016-S2

Fecha: 07-Mar-2016

II

El accionante alega que mediante Memorándum 0416/15 de 16 de julio de 2015, Edgar Rafael Bazán Ortega, Alcalde del Gobierno Municipal de Oruro, sin otorgarle ningún preaviso de ley, sin considerar que desempeñó sus funciones por más de tres años como Administrador del Balneario “Capachos” y que permaneció en el mismo, a través de cuatro contratos suscritos con el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, de manera injustificada, abrupta e intempestiva, dispuso su agradecimiento de servicios. Interpuesto la denuncia, la Dirección Departamental del Trabajo de Oruro dependiente del Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, pronunció la Conminatoria 037/2015 de 29 de agosto, disponiendo que la entidad Municipal, en el plazo de tres días, proceda de manera inmediata a su reincorporación a su misma fuente laboral, más el pago de los salarios devengados y todos sus derechos sociales; sin embargo, la nombrada autoridad edil, no dio cumplimiento efectivo a dicha conminatoria, hecho que a su entender, vulnera su derecho al trabajo, a la estabilidad laboral y a su vida.