SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2016-S2

Fecha: 07-Mar-2016

a)

La accionante a través de su apoderado, en audiencia ratificándose in extenso en el contenido de la demanda de la acción de amparo constitucional interpuesta, la amplió señalando que: a) Tiene derecho propietario sobre un predio ubicado en la Zona Sud Este de la ciudad de Santa Cruz, urbanización 165, manzana 43, Lote 9, Barrio Virgen de Cotoca, Zona del Plan Tres Mil, legamente registrado en DD.RR. bajo la matrícula 7.01.1.05.0028629; b) Conforme al art. 1538 del Código Civil (CC), dicho predio es totalmente oponible frente a terceros, a fin de darle la función social respectiva, no solo levantó pared, sino que además instaló servicio de agua y se encontraba construyendo cuartos para usarlo como vivienda; y, c) El demandado aprovechando su condición de vecino, de persona de la tercera edad y su ausencia debido a un viaje que realizó, de forma violenta y abusiva procedió a derrumbar el muro colindante con su lote, e hizo de los lotes 9 y 10 un sólo terreno, razón por la cual pide se conceda la tutela demandada.