SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2016-S2

Fecha: 07-Mar-2016

III.4.  Análisis en el caso concreto

           Ingresando al análisis de los hechos motivo de la acción tutelar, el accionante manifiesta que Erland Ramiro Taborga Gil, vulneró su derecho a la propiedad privada, al trabajo, al comercio, a la industria o cualquier actividad económica lícita, ya que bajo amenazas de agresión física y medidas de hecho, sin contar con ninguna orden de autoridad competente, le privó recoger sus maquinarias e implementos agrícolas, los mismos corresponden a su material de trabajo, hecho que le impide cumplir el actual y otros contratos, a más de poder tener una vida digna y sustentar a su familia.

           Expuesta la problemática, atañe verificar si las acciones denunciadas de ilegales por parte del accionante, reúnen los presupuestos exigidos por la jurisprudencia constitucional, para ser consideradas como medidas de hecho, susceptibles de tutela provisional inmediata con prescindencia del principio de subsidiariedad; a cuyo efecto, deben efectuarse las siguientes consideraciones: