SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2016-S2
Fecha: 07-Mar-2016
a)
Primitivo Gutierrez Sánchez en representación legal de “Petrobras Bolivia S.A.”, mediante memorial de contestación, cursante de fs. 189 a 200, manifestó lo siguiente: a) Que el 18 de agosto de 2015, por nota 448/15 se le entregó al trabajador la carta de conclusión de la relación laboral; que fue recibida y firmada por José Charupa Tamocoine, quien aceptó de manera libre o consentida; así mismo recibió y firmó el finiquito de liquidación de sus beneficios sociales, de acuerdo y en cumplimiento del DS 28699 de 1 de mayo de 2006; es decir, que aceptó y otorgó su pleno consentimiento a la ruptura de la relación de dependencia laboral; b) El 20 de agosto del indicado año, presentó una carta de solicitud de reincorporación y devolución de cheque dirigida a “PETROBRAS BOLIVIA S.A.”; el 21 de igual mes y año, dicha empresa recibió la citación única para conciliar, con señalamiento de audiencia y por decisión del Inspector del Trabajo se llevó a cabo la audiencia para el 1 de septiembre del mismo año, donde la empresa demandada solicitó la declinatoria de jurisdicción y competencia para la autoridad judicial competente; c) “PETROBRAS BOLIVIA S.A.” el 13 de octubre de 2015, ha sido notificada con la conminatoria 089/2015, donde indicó la reincorporación inmediata de José Charupa Tamocoime a su puesto de trabajo; pero el 16 de igual mes y año, esta interpuso recurso de revocatoria contra la referida conminatoria; no obstante el 4 de noviembre, la empresa “PETROBRAS BOLIVIA S.A.” interpuso recurso de nulidad contra dicha conminatoria; y, d) A la fecha de la presente acción de amparo constitucional, se halla pendiente de decisión o resolución judicial administrativa, la cual es admitida; el 16 de octubre de 2015, la empresa demandada ya había interpuesto los recursos de revocatoria y nulidad; por lo que solicita se de cumplimiento a las Sentencias Constitucionales Plurinacionales, denegando esta tutela que tiene la pretensión de la reincorporación del accionante.