SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0232/2016-S2
Fecha: 21-Mar-2016
III.
El accionante a través de su representante, denunció la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la libertad, considerando que dentro del proceso penal que se le sigue, el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, permitió que el mismo se sustancie sin el respectivo control jurisdiccional y con vicios de nulidad; que además, fue aprehendido ilegalmente con un mandamiento de aprehensión que había quedado sin efecto por disposición de la propia autoridad demandada, porque ya se había apersonado y declaraba su rebeldía; pese a ello, se instaló la audiencia de consideración de revocatoria de medidas sustitutivas y se dispuso su detención preventiva, por lo cual, considera que se encuentra indebidamente procesado e ilegalmente detenido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan la acción
- a)
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.4.
- III.
- simultánea
- aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el recurrente, actual accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos, no siendo admisible dicha situación que de ocurrir inviabiliza la acción tutelar, pues al activar en forma simultánea la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción constitucional, para que ambas conozcan y resuelvan las irregularidades denunciadas, se crearía una disfunción procesal contraria al orden jurídico
- III.2. El debido proceso vía acción de libertad
- 1) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; 2) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo